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Abogados de Despido en Morón, CABA y zona oeste: despido sin causa, indirecto y con causa. Calculá tu indemnización.

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Abogados de Despido en Morón, CABA y zona oeste del conurbano

En Estudio Jurídico Matheus somos abogados especializados en despidos con amplia experiencia reclamando la indemnización completa que le corresponde al trabajador despedido. Asesoramos en despido sin causa, despido indirecto y despido con causa, evaluando cada caso para obtener el mejor resultado posible.

Atendemos casos en Morón, Castelar, Haedo, El Palomar, Villa Sarmiento, Ituzaingó, Hurlingham, Ramos Mejía, Merlo, Moreno y Marcos Paz, además de toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Conocemos los Tribunales del Trabajo de Morón y los Juzgados Nacionales del Trabajo, así como las instancias de conciliación previa (SECLO) en CABA y administrativa en Provincia, lo que nos permite agilizar el reclamo y planificar la mejor estrategia.

Reclamamos los tres rubros principales del despido: indemnización por antigüedad (art. 245 LCT), preaviso e integración del mes de despido. Si correspondiera, sumamos multas por trabajo no registrado (ley 24.013), diferencias salariales, vacaciones y aguinaldo proporcionales, y la multa por falta de entrega del certificado de trabajo (art. 80 LCT).

Antes de iniciar cualquier reclamo te entregamos un cálculo concreto y detallado de la indemnización que te corresponde. Trabajamos a resultado: si vos no cobrás, nosotros tampoco. Si necesitás una estimación rápida, podés usar nuestra calculadora de indemnización por despido online.

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Estudio Jurídico Matheus – Abogados de Despido

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Asistencia legal en Despidos e Indemnizaciones

Despido sin causa

Indemnización por antigüedad, preaviso e integración del mes cuando te despiden sin justificación.

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Despido indirecto

Cuando el empleador incumple gravemente (no paga, no te registra, cambia condiciones) y te das por despedido.

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Despido con causa

Defensa del trabajador frente a despidos con causa invocada. Impugnación de la causal y reclamo de indemnización.

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Despido en embarazo o matrimonio

Despido durante el embarazo, post parto o por matrimonio. Indemnización agravada (un año de sueldos).

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Despido en licencia médica o ART

Despido durante licencia por enfermedad, accidente o tratamiento de la ART. Protección especial e indemnización.

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Despido discriminatorio

Despido por razones de género, salud, religión, opinión o sindicales. Nulidad, reincorporación y daños.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué indemnización me corresponde por despido sin causa?

Por despido sin causa te corresponden tres rubros principales: indemnización por antigüedad (un mes de sueldo por cada año o fracción mayor a 3 meses), preaviso (1 mes si tenés menos de 5 años de antigüedad, 2 meses si tenés más) y la integración del mes de despido (los días trabajados hasta fin de mes). Además, se liquidan vacaciones proporcionales, aguinaldo proporcional y días trabajados del mes. Para una estimación rápida usá nuestra calculadora de indemnización por despido.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido?

La base es la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año (art. 245 LCT). A esa base se la multiplica por la antigüedad (años + fracciones mayores a 3 meses). Si el sueldo supera el tope del convenio colectivo, hay que analizar la doctrina "Vizzoti" de la Corte Suprema, que limita el tope al 67% del salario real. En la consulta te damos el cálculo concreto de tu caso con números cerrados.

¿Qué es un despido indirecto y cuándo conviene?

El despido indirecto es la herramienta cuando el empleador incumple gravemente: no te paga el sueldo, no te registra, te baja la categoría, te cambia las tareas, te traslada sin justificación o no te otorga tareas. Antes hay que intimarlo por telegrama o carta documento de forma correcta. Si la intimación está bien hecha y el empleador no rectifica, te corresponde la misma indemnización que un despido sin causa. Es clave que un abogado redacte el telegrama para no perder el reclamo.

¿Qué pasa si me despiden con causa? ¿Tengo derecho a algo?

Cuando el empleador alega una causa de despido (incumplimientos graves del trabajador), debe acreditarla con prueba y en los hechos rara vez lo logra. Si la causa es insuficiente, exagerada o falsa, se puede impugnar judicialmente y obtener la indemnización completa como si fuera un despido sin causa. Es fundamental responder por telegrama dentro del plazo, conservar prueba de descargo y consultar inmediatamente con un abogado.

¿Me pueden despedir durante una licencia médica o por ART?

Durante una licencia por enfermedad o accidente, el trabajador goza de protección especial (art. 213 LCT). Si te despiden estando en licencia, tenés derecho a la indemnización por despido más los salarios correspondientes a la licencia hasta el alta médica. Si el accidente o la enfermedad están cubiertos por la ART, también podés reclamar las prestaciones laborales contra la aseguradora y la eventual incapacidad.

¿Y si me despiden estando embarazada o por casarme?

Hay presunción legal de despido por embarazo o matrimonio si te despiden dentro de los 7 meses y medio antes o después del parto, o dentro de los 3 meses antes o 6 meses después del matrimonio (arts. 178 y 181 LCT). En esos casos te corresponde una indemnización agravada equivalente a un año de sueldos (13 remuneraciones), sumada a la indemnización por despido común. Es una de las protecciones más fuertes del régimen laboral.

¿Cómo se prueba un despido discriminatorio?

El despido discriminatorio (por razones de género, edad, salud, religión, opinión política, orientación sexual, actividad sindical, etc.) está prohibido por la ley 23.592 y el art. 17 LCT. Para probarlo basta acreditar indicios serios y concordantes: la carga de la prueba se invierte y el empleador debe demostrar que la causa real del despido no fue discriminatoria. La sanción puede ser la nulidad del despido y reincorporación, o una indemnización agravada por daño moral.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi indemnización?

El plazo de prescripción es de 2 años desde el despido (art. 256 LCT). Pasado ese plazo, perdés el derecho a reclamar la indemnización aunque sea evidente que te correspondía. No conviene esperar: cuanto antes se inicia, mejor se preserva la prueba (testigos, recibos, comunicaciones) y más rápido se cobra. La consulta inicial te aclara el panorama sin compromiso.

¿Cómo es un juicio por despido en Morón y en CABA?

En la Provincia de Buenos Aires, los juicios por despido tramitan ante los Tribunales del Trabajo de Morón (o el departamento judicial que corresponda al lugar de trabajo). En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intervienen los Juzgados Nacionales del Trabajo. Antes del juicio hay una instancia obligatoria de conciliación previa: SECLO en CABA, o conciliación administrativa ante el Ministerio de Trabajo en Provincia. En esa instancia muchos casos se resuelven sin necesidad de llegar a sentencia.

¿Conviene aceptar la indemnización que me ofrece la empresa o reclamar más?

No firmes nada antes de consultar con un abogado. La empresa suele ofrecer la indemnización por el tope del convenio o liquidaciones rápidas que dejan afuera rubros importantes: doctrina Vizzoti, multas por trabajo no registrado, horas extras impagas, art. 80 LCT, daño moral, etc. En la práctica, una indemnización bien calculada suele ser significativamente mayor a la oferta inicial de la empresa. Nuestro estudio analiza tu caso, te da un cálculo concreto y te asesora si conviene aceptar, negociar o demandar.

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